15 octubre, 2024

Inspección técnica de edificios Barcelona: cumpliendo con la ley

El cumplimiento del ordenamiento jurídico no es algo para ser tomado a la ligera. La comunidad barcelonés presta especial atención a todo el contenido de expresado en las normas y reglas que rigen en el suelo catalán. Cumplir y velar con todo el conjunto de leyes que vigila cualquier actividad es tomado muy en serio en Barcelona.
Bajo el contexto del acatamiento de las leyes, el sector inmobiliario y de construcción desempeña un rol muy importante. La inspección técnica de edificios Barcelona, es considerada una actividad de vital importancia para la obtención de distintos salvaguardas jurídicos.
En Barcelona la vigilancia del acatamiento del marco legal que acompaña a esta inspección es responsabilidad de la Generalitat de Catalunya (en castellano Generalidad de Cataluña). Como el principal organismo institucional catalán tiene entre sus principales funciones la rectoría de los inmuebles en el ámbito de sus competencias.
Para la ciudad de Barcelona la inspección técnica de edificios (ITE), representa una diligencia de alta demanda. La metrópoli catalana concentra la mayor suma de edificios de toda Cataluña. Su gran cantidad de “rascacielos” solo es superada en España por Madrid.
La densidad de edificios en Barcelona exige la debida regulación, que facilita en primera instancia la ITE a través de las disposiciones de la Generalidad de Cataluña. Con grandes locaciones urbanas en donde se asientan numerosos edificios residenciales, de oficinas, entre otros la ITE es cada vez más común.

Una carta: el primer paso hacia la ITE

La Generalidad de Cataluña ha decidido actuar agresivamente en los que se refiere al ITE. Es por ello que se ha dado a la tarea de despachar misivas dirigidas a todas aquellas edificaciones con más de cuarenta y cinco años de antigüedad. En estas cartas se les indica la obligatoriedad de someter estos inmuebles a la inspección técnica legal.
Sobra decir que aquellos edificios que incumplan con los plazos establecidos para la ejecución de ITE, los responsables y propietarios están expuestos a multas o sanciones. Aunque la Generalidad de Cataluña ha establecido un cronograma de entrega de estas cartas, cualquier inmueble que no la haya recibido puede iniciar el ITE. El principal elemento de elegibilidad del ayuntamiento catalán es una antigüedad en la construcción del edificio igual o mayor cuarenta y cinco años.
Aparte de lo que hayan recibido la misiva de la Generalidad de Cataluña existen otros edificios que están obligados a realizar el ITE. Entre estos inmuebles se encuentran aquellos que quieran acogerse al programa público de rehabilitación. Asimismo, todas aquellas edificaciones que participan en algún tipo de ordenanza local que requiera el ITE.

¿Existen algún tipo de excepción para el ITE en Barcelona?

El sometimiento de esta inspección argumenta excepciones en su aplicación. Toda aquella edificación que sea declarada en ruina previamente, no está sujeta al ITE. De igual manera, aquellas residencias familiares que posean cedula de habitabilidad vigente no están obligadas a presentar el ITE.
Por último, todo edificio que disponga de una licencia de primera ocupación e inicie obras de rehabilitación no debe ser considerada para el examen del ITE. En estos casos se computara como inicio de la antigüedad del inmueble, la fecha de comienzo de la refacción.